miércoles, 6 de abril de 2011

Feriados 2011


DECRETO SUPREMO Nº 019-2011-PCM
 
Declaran los siguientes días no laborables compensables para los trabajadores del sector público, durante el año 2011:

  • Lunes 2 de mayo,
  • Lunes 29 de agosto,
  • Lunes 31 de octubre,
  • Viernes 23 de diciembre.
  • Viernes 30 de diciembre.

Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo decidirá el empleador.



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