Fuente: https://andina.pe
Este 2026, el Perú cuenta nuevamente con 16 feriados nacionales, fechas
que no solo marcarán pausas en la agenda laboral, sino que también
invitan a planificar unas breves vacaciones, culminar tareas pendientes o
simplemente tomarse un respiro. A pocos días de culminar enero, conoce
en esta nota la lista de estas fechas y qué días caen.
Cabe indicar que el último primero de enero los peruanos pudieron disfrutar del feriado nacional. Durante los feriados nacionales (establecido vía el Decreto Legislativo 713),
los trabajadores de los sectores público y privado, así como los
estudiantes, detienen sus actividades para tomarse un descanso.
Los feriados vigentes son los siguientes (toma nota y añádelo a tu calendario):
Febrero 2026: Sin feriados este mes.
Marzo 2026: Sin feriados este mes.
Abril 2026
Jueves 2 de abril: Jueves Santo.
Viernes 3 de abril: Viernes Santo.
Mayo 2026
Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo.
Junio 2026
Domingo 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera.
Lunes 29 de junio: San Pedro y San Pablo.
Julio 2026
Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú.
Martes 28 de julio: Fiestas Patrias.
Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias.
Agosto 2026
Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín.
Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima.
Septiembre 2026: Sin feriados este mes.
Octubre 2026
Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos.
Noviembre 2026
Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
Diciembre 2026
Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
Viernes 25 de diciembre: Navidad.
Entre los beneficios laborales,
es importante recordar que los feriados están regulados en el artículo 6
del Decreto Legislativo N.° 713. En estas fechas, los trabajadores
tienen derecho a descanso remunerado, aun sin asistir a laborar.
Si un trabajador labora en un día feriado ¿qué le corresponde?
Quienes
trabajen durante un feriado sin descanso sustitutorio deben recibir el
pago del día feriado más la remuneración diaria con una sobretasa del
100 %. No efectuar este pago constituye una infracción muy grave, con
multas que pueden oscilar entre S/ 1,058 y S/ 24,163, según el tamaño de
la empresa.
¿Cuánto le corresponde al trabajador si labora el Día del Trabajo (01 de mayo)?
Según
el Decreto Legislativo 713, la remuneración por este feriado se percibe
íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga
inasistencias o tardanzas durante la semana. Para el caso del trabajador
que labore el 1° de mayo, sin descanso posterior, percibirá tres
remuneraciones diarias: una por el feriado y doble por haber laborado en
día feriado. Cuando hay un acuerdo entre
empleador y trabajador para que en el feriado éste labore, con descanso
posterior, ya no habrá pago adicional por haber asistido. Cabe recordar que el Poder Ejecutivo debe disponer qué días serán
"no laborales" durante el 2026 a fin de que empalmen con los días
feriados y así formar fines de semanas largos.
Días no laborables: cómo funcionan
A
diferencia de los feriados, los días no laborables —que aplican
principalmente al sector público— operan como jornadas de “puente”
decretadas por el Ejecutivo. Los trabajadores reciben su remuneración
habitual, pero deben devolver las horas posteriormente, según establezca
cada entidad. En estos casos, no existe pago adicional ni compensación
económica. Con esta información, los peruanos
pueden anticipar actividades, viajes o simples momentos de descanso,
organizando mejor su tiempo libre antes del cierre del año y el inicio
del siguiente.
En el sector privado
De
acuerdo con el Decreto Supremo Nº 042-2025-PCM, los centros de trabajo
del sector privado pueden acogerse a los días no laborables, previo
acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deben establecer
la forma como se hace efectiva la recuperación de las horas dejadas de
laborar.